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COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
COPASST
GESTIÓN AMBIENTAL

Es un grupo de empleados, conformado por representantes del empleador y representantes de los empleados, que busca prevenir el acoso laboral contribuyendo a proteger a los empleados contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo, conforme lo establece la resolución 0652 del 30 de abril del año 2012.

 

Que el artículo 14 de la Resolución número 2646 del 17 de julio de 2008, en mención, contempla como medida preventiva de acoso laboral el “1.7 Conformar el Comité de Convivencia Laboral y establecer un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir las conductas de acoso laboral”.

 

El acoso laboral es: “Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.” (Ley 1010 de 2006).

 

OBJETIVO

 

Contribuye a evitar que se den conductas inapropiadas en el ambiente laboral, tales como:

  • Agresión física
  • Expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la persona
  • Comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional
  • Injustificadas amenazas de despido
  • Burlas sobre la apariencia
  • Alusión pública a la intimidad
  • Tareas ajenas o desproporcionadas para el cargo contratado
  • Exigencia de laborar en horarios excesivos sin fundamento objetivo
  • Trato discriminatorio en el otorgamiento de derechos y prerrogativas

 

 

¿De qué se encarga el comité de convivencia laboral?

 

Atiende todas las solicitudes de apoyo expresadas por los trabajadores de la Fundación y que estén asociadas a dificultades de convivencia en el ambiente laboral.

 

¿Cómo solicitar ayuda?

 

Si un trabajador de la Fundación Universitaria San Martín requiere ayuda por parte del Comité de Convivencia Laboral, podrá descargar aquí el formulario, diligenciarlo, firmarlo, escanearlo y enviarlo al correo electrónico comitedeconvivencialaboral@sanmartin.edu.co para poder darle el respectivo trámite de manera completamente confidencial.

 

Conformación del comité:

 

 

 

¿Qué es el COPASST?

 

Organismo integrador y puente para  divulgar las actividades de Seguridad y Salud en el trabajo al interior de la Fundación Universitaria San Martín.

Conformado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores con sus respectivos suplentes.

 

 

OBJETIVO

 

Realizar un seguimiento al desarrollo del SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO de la Fundación Universitaria San Martín y resolver las inquietudes de salud y seguridad de los trabajadores.

 

 

MARCO LEGAL

 

•      Se obliga a las empresas  con 10 o más trabajadores, a conformar un comité paritario de medicina, higiene y seguridad industrial”  Dec 614 / 84 art 25

•      Se reglamenta la organización  y funcionamiento del comité. Res 2013 / 86

•      Registro ante las autoridades laborales.  Res 1016 / 89 art. 12 y 13

•      Vigías ocupacionales para empresas de menos de 10 trabajadores.   Dec 1295 / 94 art 35

 

Encuentre los documentos en el aparte de ‘DESCARGABLES’:

 

  • Política de Seguridad Vial
  • Política de Acoso Laboral
  • Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
  • Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Política Prevención Alcoholismo, Tabaquismo y Drogadicción

 

ELECCIÓN DE EL COMITÉ

 

•      Los representantes de los trabajadores se eligen por libre  votación.

•      El empleador nombra sus propios representantes.

•      Los registros de los escrutinios deben firmarse y archivarse para las entidades competentes.

 

 

FUNCIONES DEL COMITÉ

 

•       Proponer la  adopción de medidas que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.

•       Proponer y participar en actividades de capacitación en Seguridad y salud en el trabajo.

•       Vigilar el desarrollo de las actividades del programa de Seguridad y salud en el trabajo.

•       Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y proponer medidas correctivas.

•       Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos.

•       Estudiar y considerar las sugerencias de los trabajadores.

•       Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores.

•       Solicitar informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales.

•       Elegir al secretario del comité.

•       Mantener un archivo de las actas de cada reunión.

•       Las demás funciones que le señalen las normas sobre Seguridad y salud en el trabajo.

 

 

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ

 

 

 

El Comité de Gestión Ambiental es un órgano gestor interdisciplinario que ejecuta la implementación de la Política de Gestión Ambiental en las Sedes y Cat de la Fundación Universitaria San Martín. Así mismo, la política debe ser acogida por profesores, estudiantes, empleados administrativos y en general, por cualquier persona que realice actividades en la Fundación, por ejemplo, contratistas o personas visitantes.

 

 

OBJETIVO GENERAL DE LA POLÍTICA

Incorporar en las actividades académicas, administrativas y de bienestar de la Fundación la dimensión ambiental en cumplimiento de lo previsto en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y buscando que la Institución y todos sus miembros actúen con conciencia y responsabilidad ambiental. Esta política le permitirá a la Fundación dar cumplimiento a las disposiciones legales que regulan las actividades académicas y administrativas desde el punto de vista ambiental.

Estableciendo las herramientas de gestión que permitan el cumplimiento de los requisitos ambientales de tipo legal y normativo.

 

 

MARCO NORMATIVO.

 

✓ Resolución 1397 de 25 de Julio de 2018.

✓ Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, “Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos o desechos peligrosos

generados en el marco de la gestión integral”.

✓ Decreto 2676 del 22 de diciembre de 2000, “Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares”.

✓ Decreto 4126 del 16 de noviembre de 2005, “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2676 de 2000 y el Decreto 1669 de 2002, sobre la

gestión integral de los residuos hospitalarios y similares”.

✓ Decreto 1609 del 31 de julio de 2002, “Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera”.

✓ Decreto 321 del 17 de febrero de 1999, “Por el cual se adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de hidrocarburos, derivados y

sustancias nocivas”.

✓ Ley 253 del 9 de enero de 1996, “Por medio de la cual se aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, hecho en Basilea el 22 de marzo de 1989”.

✓ Resolución 1164 de 2002. Ministerio de Medio Ambiente y Salud, Manual de Procedimientos para la gestión integral de residuos hospitalarios y similares en Colombia MPGIRH.

✓ Resolución 1362 del 2 de agosto de 2007, “Por la cual se establece los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que hacen referencia los artículos 27º y 28º del Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005”.

✓ Resolución 1512 de agosto 5 de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), por el cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Computadores y / o Periféricos.

✓ Resolución 1511 de agosto 5 de 2010 del MAVDT, por el cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Bombillas.

✓ Resolución 1297 de Julio 8 de 2010 del MAVDT, por el cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Pilas o Acumuladores.

✓ Resolución 1457 de Julio 29 de 2010 del MAVDT, por el cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Llantas usadas.

 

 

CONFORMACION DEL COMITÉ.

 

Actualmente el comité está conformado por representantes de:

✓ Vicerrectoría Financiera y Administrativa, quien lo preside

✓ Vicerrectoría Académica.

✓ Bienestar Institucional

✓ Recursos Humanos

✓ Un coordinador de laboratorios o de prácticas designado por el Vicerrector Académico

 

 

CONTACTO.

 

Las observaciones y sugerencias serán atendidas a través del correo electrónico

gestion.ambiental@sanmartin.edu.co